miércoles, 08 de febrero de 2012
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Comunicado 19.06.09 - 2009/06/25 01:36 C/ Manuel de Falla, 17, bajo

18.005 Granada

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Según fuentes parlamentarias se va a aprobar la nueva reforma del impuesto de matriculación para las motos (tercera en poco más de un año), corrigiendo de forma importante la clara discriminación que se produjo con la anterior reforma.

Aunque no se ha conseguido mantener la motocicleta en el mismo escalado de emisiones de CO2 que los automóviles, al menos se ha suavizado la escala claramente discriminatoria que se aprobó en la última reforma (ver tablas comparativas), por lo que finalmente se consigue satisfacer parcialmente las reivindicaciones tanto del colectivo motorista como de los fabricantes, en este sentido.

En cuanto al tipo impositivo agravado del 14’75% para las motos de más de 100 CV, se ha aceptado cambiarlo por el criterio peso/potencia propuesto por la Asociación Mutua Motera y por KmCero Club del Motorista (Plan Moto) en el mes de noviembre del pasado año 2008 al Director General de Tráfico, posteriormente reiterado en el Plan Moto que presentó la AMM el pasado el 1 de abril de este año. Este criterio fue aceptado desde el principio tanto por el Ministerio del Interior como por el de Industria.

El criterio consiste en que las motos de más de 100CV tan solo tributarán al 14’75% si tienen una relación peso potencia inferior a 1’5 kg /CV, o lo que es lo mismo, superior a 0’66 CV/kg, lo que limita dicho tipo agravado a un número reducido de modelos generalmente con un perfil súper deportivo.

Finalmente, parece que no se ha aceptado la propuesta de la AMM de bajar un grado en la escala del impuesto a aquellas motocicletas que incluyeran como mínimo algún sistema de seguridad como el ABS, Control de Tracción, E-Call, Airbag, etc. Lo que hubiera sido una importante medida de incentivo fiscal de la seguridad de las motocicletas. La propuesta consistía en que aquellas motos que incluyeran algún sistema de seguridad avanzado, pasaran a tributar en el tipo inmediatamente inferior al que le correspondía según emisiones.

Aunque en términos generales la reforma se puede calificar como razonablemente positiva, desde la Asociación Mutua Motera lamentamos que nuevamente no se haya aprovechado la ocasión para incentivar la implementación de medidas de seguridad en las motocicletas, especialmente en un momento en el que parece que una medida similar sí se aprobará para el automóvil.

Tabla Histórica del Impuesto de Matriculación para Motos



2007



Ciclomotores



0,00%



Motocicletas de < 250 cc.



0,00%



Motocicletas de > 250 cc



12,00%









2008



Ciclomotores



0,00%



Motocicletas de < 250 cc.



0,00%



Emisiones CO2< 120 g/km



0,00%



Emisiones CO2 > 120 y < 160 g/km



4,75%



Emisiones CO2 >160 y < 200 g/km



9,75%



Emisiones CO2 > 200 g/km



14,75%



Quads y motos acuáticas



14,75%









2009



Ciclomotores



0,00%



Motocicletas de < 250 cc.



0,00%



Emisiones CO2< 80 g/km



0,00%



Emisiones CO2 > 80 y < 100 g/km



4,75%



Emisiones CO2 >100 y < 120 g/km



9,75%



Emisiones CO2 > 120 g/km



14,75%



Potencia superior a 100 CV



14,75%



Quads y motos acuáticas



14,75%









Ultima Reforma



Ciclomotores



0,00%



Motocicletas de < 250 cc.



0,00%



Emisiones CO2< 80 g/km



0,00%



Emisiones CO2 > 80 y < 100 g/km + S.S.



0,00%



Emisiones CO2 > 80 y < 100 g/km



0,00%



Emisiones CO2 >100 y < 120 g/km + S.S.



4,75%



Emisiones CO2 >100 y < 140 g/km



9,75%



Emisiones CO2 > 140 g/km + S.S.



14,75%



Motocicletas que tengan una potencia CE igual o superior a 74Kw (100 CV) y una relación potencia neta máxima – peso del vehículo en orden de marcha, expresada en Kw/Kg igual o superior a 0’66 (inferior a 1’5 Kg/CV)



14,75%



Motocicletas cuyas emisiones oficiales no se acrediten



14’75%
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